El superclásico ya arrancó a jugarse desde hace unos días y el tema de la distribución de entradas sigue siendo la gran polémica en la previa, presentándose un nuevo capítulo este miércoles.
Olimpia tendrá que abonar la multa por no cumplir lo establecido en el artículo 51 del Reglamento del Regimen Especial de los Super Clásicos, que asciende a los 50 millones de guaraníes.
Además su estadio quedara automáticamente suspendido por un año, para los partidos entre los clubes Cerro Porteño y Olimpia, esto de acuerdo al inciso 2 del articulo 50 del Reglamento del Regimen Especial de los Super Clásicos.
Olimpia decidió dar a la gente de Cerro Porteño solamente las graderías norte y preferencia E, por lo que el resto de la preferencias, todas las plateas y graderías sur, será ocupada por los hinchas del Decano.
Así inició el canje para los socios de Olimpia, que es el local, y el martes por la noche, la Asociación Paraguaya de Fútbol envió una advertencia al club de Mariscal López, dejando en claro que reglamentariamente en el Defensores del Chaco se deben distribuir las entradas de manera igualitaria (50-50) y de no hacerlo, se exponen a una sanción.
A pesar de esta advertencia, la entidad decana anunció este miércoles la venta de entradas a todo público continuando con la disposición de entradas ya establecida durante el canje y sin ningún cambio.
De esta manera, Olimpia tendrá que abonar la multa por no cumplir lo establecido en el artículo 51 del Reglamento de Competiciones, que asciende a los 50 millones de guaraníes. Además su estadio quedara automáticamente suspendido por un año (encuentros con Cerro Porteño), esto de acuerdo al inciso 2 del articulo 50 que dice.
- Las entradas para los sectores visitantes serán entregadas, en su totalidad, por el club local, con una antelación de 7 (siete) días (calendario), al club visitante para que este pueda comercializar las mismas con sus respectivos socios y aficionados. Cualquier incumplimiento en la entrega de las entradas al club visitante, sean en la cantidad, plazo o cualquier otra medida que pudiera menoscabar el derecho del club visitante, será sancionada con la inhabilitación del Estadio del Club local para albergar los partidos entre los clubes Cerro Porteño y Olimpia, como mínimo por una temporada, que significa un año calendario futbolístico, a ser aplicado por el Tribunal Disciplinario en forma inmediatamente en el propio campeonato en curso. En caso de reincidencia o reiteración, se duplicará la sanción.