Sanción de un partido de suspensión y multa de cinco salarios mínimos mensuales.
El Tribunal Disciplinario de la Asociación Paraguaya de Fútbol resolvió con relación a la nota presentada contra el jugador Jean Paulo Fernandes Filho, por el club Guaraní, sobre supuesta inconducta cometida en el partido disputado entre Olimpia y Cerro Porteño, en fecha 14 de agosto de 2021.
Guaraní había pedido al Tribunal Disciplinario de la Asociación Paraguaya de Fútbol que tome cartas en el asunto y se resolvió este castigo.
SANCIONAR al jugador JEAN PAULO FERNANDES FILHO del Club Cerro Porteño, con la pena de SUSPENSIÓN de 1 (un) partido, por la inconducta cometida en el partido disputado entre los Clubes Olimpia y Cerro Porteño, en fecha 14 de agosto de 2021, conforme al exordio de la presente resolución, basado Artículo 51 inc. c), igualmente en el numeral 2 del Código Disciplinario.
APLICAR al jugador JEAN PAULO FERNANDES FILHO del Club Cerro Porteño, la sanción de multa de 05 (cinco) salarios mínimos mensuales, de conformidad al Artículo 97 inc. d).
REGISTRAR Y NOTIFICAR.